Cobertura Amplia
Esta cobertura cubre las Pérdidas Parciales o la Pérdida Total del vehículo dentro de los límites territoriales indicados en las Condiciones Especiales.
Cobertura Pérdida Total
Esta cobertura cubre la Pérdida Total a consecuencia de robo o hurto de vehículo, o cuando el importe de reparación de los daños causados como consecuencia de siniestros amparados por la Póliza, sea igual o mayor que el 75% del valor asegurado del vehículo incluyendo sus accesorios.
Cobertura de Catastrófico
Esta cobertura cubre las pérdidas totales o parciales, según la cobertura de casco de vehículo terrestre contratada y especificada en el Cuadro Recibo de la Póliza, causados por terremoto o temblor de tierra, maremoto (Tsunami), erupción volcánica.
Cobertura de Accesorios
Se utiliza sólo en la Cobertura Amplia en consideración a la solicitud del Asegurado y previo el pago de la prima adicional correspondiente. La compañía conviene en indemnizarle la pérdida o daños de los aparatos y accesorios especificados en la póliza que ocurran a consecuencia de hurto, robo o intento de cometerlo.
Cobertura de Responsabilidad Civil de Vehículos
Cubre directamente al tercero, víctima de un accidente de tránsito ocurrido dentro del Territorio de la República Bolivariana de Venezuela, con ocasión del uso del vehículo asegurado, los daños materiales que se le hayan causado como consecuencia del mismo y los cuales deba pagar el Asegurado o Conductor de conformidad con la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre; pero limitados a las cantidades máximas previstas en esta Póliza por cada accidente.
Cobertura de Exceso de Límite
Este seguro ampara, hasta por la suma asegurada, los reembolsos por pagos que tuviere que efectuar el asegurado como civilmente responsable por daños materiales a las personas y a las cosas, conjuntamente, después de agotada la cobertura básica de la póliza de Responsabilidad Civil de Automóviles.
Cobertura de Auxilio Legal
En caso de accidente de tránsito ocurrido durante la vigencia de esta cobertura en el que intervenga el vehículo descrito en la Póliza y que origine la detención del conductor, así como una posterior acción penal en su contra, sea que se trate del propio Asegurado u otra persona autorizada por él, la compañía asumirá hasta el límite máximo indicado en el cuadro de la Póliza por cualquier accidente, los gastos de asistencia legal para gestionar la liberación del conductor y la suspensión del depósito del vehículo, así como lo correspondiente a su defensa en lo penal siempre que el accidente de tránsito del cual se derive la acción penal no se produzca a consecuencia de hechos o actos dolosos del asegurado o conductor o mientras el vehículo este siendo utilizado para cometer un acto criminal o para evitar su detención por parte de cualquier autoridad.
Cobertura de Accidentes Personales
Cubre a los Ocupantes del vehículo descrito en la hoja de especificaciones, propiedad del asegurado, por los siguientes riesgos, hasta los límites de la cobertura: Muerte Accidental, Invalidez permanente, Gastos médicos en que incurran los Ocupantes del vehículo asegurado en el tratamiento de lesiones.